Durante el 2025, los accidentes graves asociados a la temática llegaron a 26. De éstos, 4 con consecuencias fatales.
Un enérgico llamado a las empresas de la región formuló el Seremi de Salud, Rodrigo Medina, con el propósito de que tomen todas las medidas preventivas y correctivas que correspondan, a objeto de proteger la salud de sus trabajadores frente a los riesgos de caídas de altura.
Durante el 2025, la Autoridad Sanitaria Regional, recibió la notificación de 164 accidentes criterio SUSESO de las que un 16% correspondieron a caídas desde distintos niveles, generándose por tanto 26 eventos, 22 de ellos graves y 4 con consecuencias fatales. Las cifras son superiores al año precedente, el que registró 16 accidentes graves y sólo 1 con resultado de muerte.
FALTA DE PREOCUPACIÓN
Medina detalló que las investigaciones de los accidentes, efectuadas por la Unidad de Salud Ocupacional de la Seremi de Salud, demuestran que existe falta de preocupación por parte de las empresas por brindar condiciones seguras para el trabajo en altura.
Generalmente dijo, las firmas se conforman con proveer del arnés, sin considerar que estos Elementos de Protección Personal (EPP) deben ser elegidos como sistema, identificando el punto de anclaje, tipo de sistema de conexión y el tipo específico de arnés que se requiere utilizar y siempre, como última medida de protección. “De ser posible, eliminar el riesgo de caída, procurando realizar la tarea a nivel de piso”, enfatizó.
OFICIO 0352
Mediante el oficio 0352 del 24 de febrero y en el marco de la normativa vigente, – Decreto 44 del Ministerio del Trabajo y Previsión Social (MTPS) y decreto 594 del Minsal – la Autoridad Sanitaria conminó a las empresas a materializar una serie de principios y medidas que deben ser consideradas en la materia.
En ese sentido, el personero destacó la necesidad de construir una cultura preventiva, estableciendo como principio el compromiso y la participación de sus representantes y directivos, quienes, dijo, deben comprometerse activamente en la gestión de los riesgos laborales.
Puntualizó que los representantes y directivos, deben promover asimismo, la participación permanente de los trabajadores para la planificación, implementación, evaluación, control de los riesgos y la mejora continua de la gestión.
OTRAS MEDIDAS
La lista de principios y medidas incluyen igualmente, el control y supervisión efectiva; la definición de procedimientos de trabajos específicos; el control de la salud del personal y su capacitación, y la observación especial de las actividades no rutinarias o esporádicas, que tienen riesgo de caídas.
El Seremi Salud destacó finalmente, que las entidades que incumplan las medidas preventivas y correctivas arriesgan saciones que de acuerdo al Código Sanitario pueden generar sanciones que fluctúan entre un décimo y las mil UTM.
