Con el fin de mejorar las pensiones actuales y futuras, la Ley N° 21.735 de la Reforma Previsional estableció un incremento gradual de cotizaciones, que será de cargo del empleador. En una primera etapa, corresponde enterar un 1 % adicional. Esto se iniciará en base a las remuneraciones de agosto de 2025 -cuyas cotizaciones previsionales se pagan habitualmente los primeros días de septiembre-, lo que se agregará a las cotizaciones habituales del trabajador o trabajadora.
La seremi del Trabajo y Previsión Social, Camila Cortés Ruiz, sostuvo que “este es un paso importante para garantizar pensiones más dignas y justas. Es un compromiso del Estado con la seguridad social de las y los trabajadores, una medida con la cual vamos a corregir desigualdades históricas, como la desventaja previsional que enfrentan muchas mujeres y a su vez reconocer a quienes han hecho un esfuerzo continuo de cotización durante su vida laboral”.
La directora regional del IPS, Ruth Rodríguez Venegas, comentó “el aporte se deberá integrar dentro del plazo mensual establecido para el pago de las cotizaciones, es decir, hasta el día 13 del mes siguiente al pago de las remuneraciones, si la declaración y pago se hace de manera electrónica. Para ello, se harán adecuaciones al formulario actual por parte de la correspondiente entidad recaudadora”.
Esta cotización será la primera de una serie de incrementos que, gradualmente, llevarán la cotización del empleador hasta un 8,5 % del sueldo imponible en el año 2033, y que se inicia con el 1 % mencionado. De este último porcentaje, un 0,1% se incorporará directamente a las cuentas individuales de AFP, para incrementar el ahorro previsional de los trabajadores y trabajadoras; mientras que el 0,9 % restante se integrará al Seguro Social Previsional, para financiar la Compensación por Expectativas de Vida para las mujeres. Esto ayudará a corregir la brecha previsional derivada de su mayor longevidad, lo que en la práctica se traducirá en pensiones más equitativas.
En la medida que avance la reforma, en el Seguro Social Previsional también se incorporará el porcentaje correspondiente al Beneficio por Años Cotizados. Asimismo, la cotización que hoy pagan los empleadores por concepto del Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) se integrará a este Seguro Social, consolidándose así todos los aportes de cargo del empleador.
Calendario de incrementos graduales
Este 1 % adicional inicial corresponde al primer tramo de una serie de incrementos de cotizaciones que, de forma escalonada, elevarán el aporte del empleador al 8,5 % del sueldo imponible en 2033, de acuerdo con el siguiente calendario:
Próximos pasos
La directora regional del IPS agregó que “es importante que durante este período los empleadores preparen sus procesos internos para el pago de esta cotización adicional del 1 %, que se iniciará respecto de las remuneraciones de agosto de 2025. También cabe mencionar que la Superintendencia de Pensiones publicó la Norma de Carácter General N° 336, que establece, para las instituciones involucradas, los procedimientos específicos de recaudación y distribución de estos nuevos aportes, la cual puede ser consultada en el sitio www.spensiones.cl”.
Para más información ingresar a www.lareformadepensiones.cl, www.chileatiende.cl, www.ips.gob.cl.