La Sala del Senado conoció el segundo informe en particular del proyecto que establece multas de hasta 5 UTM para los electores que no sufraguen en elecciones y plebiscitos; sin embargo, se solicitó segunda discusión, por lo que se continuará en la próxima sesión en la que el proyecto sea puesto en tabla.
Por haberse solicitado segunda discusión, quedó pendiente el debate en particular del proyecto de ley, en primer trámite constitucional, que establece multas para los electores que no sufraguen en elecciones y plebiscitos.
Esto, luego de que el senador Juan Ignacio Latorre, en representación del Comité del Frente Amplio, realizara tal petición, “dado que todavía tengo esperanzas de que se llegue a un acuerdo sensato, temporal, respecto de la prohibición de que las personas extranjeras en Chile puedan votar para elegir presidente de la República”, sentenció.
Con todo, el proyecto fue informado por la senadora Paulina Vodanovic, presidenta de la Comisión de Gobierno, Descentralización y Regionalización, instancia que presentó un segundo informe de la moción de autoría de las senadoras Luz Ebensperger y Ximena Rincón y los senadores Manuel José Ossandón y Matías Walker.
INFORME
La senadora Vodanovic precisó que se aprobó la indicación del Ejecutivo “que agrega entre los exceptuados del deber de votar a quienes se encuentren incorporados en el padrón electoral del extranjero; asimismo, se aprobó exceptuar a quienes, estando habilitados para ejercer su derecho a sufragio, el día de la elección o plebiscito se encuentren sometidos a cualquier medida privativa de libertad durante el horario de la votación y siempre que en el establecimiento penitenciario correspondiente no se haya habilitado una mesa de votación”.
Estas excepciones se suman a las personas que se encuentren enfermas, a más de 200 kilómetros de su lugar de votación o sufran de un impedimento grave a criterio del juez de policía local respectivo.
“De igual forma -agregó- se aprobó la posibilidad de que el juez eleve la multa al doble en caso de reincidencia, entendiendo que la hay cuando no se hubiera votado en dos elecciones consecutivas. Además, se aprobó la indicación del Ejecutivo que facilita el pago de las multas, incluyendo la posibilidad de pago anticipado con descuento de 25 %”.
VOTO MIGRANTE
Dejó constancia que fueron tres las indicaciones del Ejecutivo “declaradas inadmisibles por el entonces presidente de la Comisión, el senador Ossandón, por ser contrarias a las ideas matrices o fundamentales del proyecto de ley (…), que versaban sobre las elecciones en las que podían votar extranjeros y los requisitos que debían cumplir para ello, así como una referida a la accesibilidad de locales de votación”.
También hizo uso de la palabra la senadora Luz Ebensperger quien recalcó que “voto obligatorio sin sanción, en la práctica, es voto voluntario. Y eso no lo podemos permitir (…) y este proyecto lo único que hace es establecer esa sanción”.
Sin embargo, advirtió que, “en este Senado, cuando se vio la vez anterior, se armó toda la discusión si los extranjeros debieran votar o no. Estoy abierta a dar esa discusión, siempre lo he estado; de hecho, lo perdí en la ley migratoria el año 20, donde había propuesto en la Comisión de Gobierno que ningún extranjero podía votar si no tenía al menos cinco años de residencia definitiva”.
“¡No confundan a la ciudadanía! El querer que los extranjeros regulares y que cumplan requisitos puedan votar no es lo mismo que decir: quieren darle privilegios a los ilegales. Jamás habrá un voto mío para darle privilegio a un migrante que ha ingresado ilegalmente al país”, recalcó.
La discusión en particular del proyecto de ley continuará en la próxima sesión en que éste sea puesto en tabla.