Personas beneficiarias de leyes de reparación de 75 años en adelante ya pueden solicitar la PGU

El trámite se enmarca en la segunda etapa de la Reforma de Pensiones. Quienes cumplan los requisitos legales podrán acceder al monto máximo del beneficio, ascendente a $250.275.

 

 

En el marco de la implementación gradual de la segunda etapa de la Reforma de Pensiones correspondiente a este año 2026, el Instituto de Previsión Social (IPS) informó que ya se encuentra habilitado el proceso de solicitud de la Pensión Garantizada Universal (PGU) para un nuevo grupo prioritario de la población.

 

La medida beneficia a personas que tengan 75 años o más, que perciben beneficios a través de Leyes de Reparación (Rettig y Valech), Pensión de Gracia o Exonerados Políticos de Capredena y Dipreca. Quienes cumplan con las condiciones establecidas por la legislación vigente podrán acceder al pago máximo de $250.275, aportes que comenzarán a pagarse una vez que la institución valide la documentación requerida.

 

La seremi del Trabajo y Previsión Social, Paola Solari Montenegro, hizo un llamado a este nuevo grupo de beneficiarios a informarse y consultar si cumplen con las condiciones. “Como Gobierno nos interesa que las personas puedan acceder a este beneficio que sin duda viene a mejorar la calidad de vida de nuestros adultos mayores”, recalcó.

 

La Directora Regional del IPS, Ruth Rodríguez Venegas comentó “Este es un paso muy relevante dentro de la Reforma de Pensiones para fortalecer la protección social de nuestros adultos mayores de Leyes de Reparación, Pensión de Gracia o exonerados. Sin embargo, es fundamental aclarar que cumplir la edad no otorga el beneficio automáticamente, por lo que los invitamos a realizar el trámite a través de nuestros canales presenciales o digitales”.

 

REQUISITOS LEGALES EXIGIDOS

 

Para acceder a este beneficio, los potenciales beneficiarios deben acreditar las siguientes condiciones:

Edad: Tener 75 años cumplidos al 30 de septiembre de 2026. La solicitud para pedir la PGU está habilitada desde junio de este año.

 

Evaluación socioeconómica: No pertenecer al 10 % más rico de la población, de acuerdo con criterios de focalización que evalúa internamente el IPS, con información de otras instituciones públicas.

 

Residencia: Acreditar residencia en el territorio nacional por un lapso no inferior a 20 años (continuos o discontinuos, desde los 20 años de edad) y, obligatoriamente, al menos 4 de los últimos 5 años anteriores a la postulación. Es deber del IPS verificar esto directamente con la Policía de Investigaciones de Chile (PDI).

 

Ingresos: Contar con una pensión base menor o igual a $1.252.602. El monto del beneficio por reparación no se considera en este cálculo.

 

CANALES DE ATENCIÓN Y SOLICITUD

 

El IPS recomendó informarse previamente y verificar el cumplimiento de los requisitos antes de tramitar la solicitud. Las opciones disponibles son:

 

  • Por Internet: en ChileAtiende.cl, con la ClaveÚnica.
  • Videoatención: por videollamada en el sitio web de ChileAtiende, sin ClaveÚnica, utilizando la cédula de identidad vigente.
  • Presencial: en nuestras 5 sucursales de ChileAtiende en la región.
  • Otras entidades: municipios en convenio con el IPS, AFP o compañía de seguros (si se está afiliado).
  • Call center 101.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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